Edición 502
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ASÍ OPINA, ANSELMO ZARAGOZA: EL PRECIO DE UNA VIDA EN EL ESTADO DE MÉXICO, ¿VALE MENOS QUE UN AUTOMÓVIL?

El reciente Decreto Número 310, que reforma diversas disposiciones del Código Penal del Estado de México, se nos ha vendido como un triunfo de los derechos humanos y la civilidad jurídica. La narrativa oficial celebra la eliminación de la «prisión vitalicia» esa cadena perpetua que, según la Suprema Corte de Justicia de la Nación, anula cualquier esperanza de reinserción social, para sustituirla por un tope máximo de setenta años de cárcel. Suena progresista, suena lógico. Sin embargo, al rascar la superficie de esta reforma, nos topamos con una realidad jurídica que resulta no solo paradójica, sino profundamente absurda.

La exposición de motivos de esta reforma se llena la boca hablando del «principio de proporcionalidad de las penas». Este principio, consagrado en el artículo 22 de nuestra Constitución, dicta una regla que hasta un niño entendería, el cual establece que el castigo debe ser proporcional a la gravedad del daño causado y a la importancia de lo que se busca proteger; es decir, a mayor daño, mayor castigo.

Y aquí es donde proceder legislativo se desmorona se manifiesta como incorrecto o faltó de probidad antropológica, frente a la realidad que vivimos los mexiquenses todos los días.

El decreto ajusta las penas de delitos atroces. Por ejemplo, al responsable de un homicidio calificado ahora se le impondrán de veinticinco a setenta años de prisión. Al que cometa homicidio con ensañamiento o motivado por el odio, de cuarenta a sesenta años. Se eliminó la prisión vitaliciapara no ser «crueles» con los victimarios. Pero, ¿qué pasa con el resto del catálogo punitivo?

El sistema de justicia en el Estado de México sufre de una esquizofrenia legislativa producto de años de crear leyes al vapor para apaciguar el clamor popular. En su desesperación por frenar la ola de asaltos, legislaturas pasadas han inflado las penas de los delitos patrimoniales a niveles irracionales. Hoy en día, nos enfrentamos a un Código Penal parchado donde robarse una motocicleta o un vehículo automotor con violencia puede ameritar condenas que superan con creces las penas mínimas contempladas para quien le arrebata la vida a un ser humano de manera simple.

¿En qué momento como sociedad decidimos que proteger un pedazo de metal con motor es jurídicamente más urgente, más importante que proteger la existencia humana?

El «test de proporcionalidad» del que tanto alardean los legisladores falla estrepitosamente cuando lo aplicamos a la vida real. Resulta inaudito que el Estado dedique tantas páginas a justificar por qué es inconstitucional dejar a un homicidio múltiple toda su vida en prisión, pero haga la vista gorda ante la desproporción brutal de un código que castiga con mayor severidad el atentado contra la propiedad privada que el atentado contra la vida misma.

Esta reforma es un mero curita en una herida que requiere cirugía mayor. Eliminar la prisión vitalicia por mandato de la Corte está bien para cumplir con los estándares internacionales, pero no resuelve la distorsión de fondo. No necesitamos más parches que intenten hacer encajar resoluciones judiciales en un texto legal caduco.

Corolario. Lo que el Estado de México verdaderamente necesita, y con carácter de urgencia, es un nuevo Código Penal. Un código redactado desde cero, sin presiones mediáticas, que recupere la brújula moral y jurídica. Un documento donde el principio de proporcionalidad no sea solo retórica para justificar la reducción de condenas, sino el eje rector que le recuerde al Estado y a los criminales que nada, absolutamente nada, vale más que la vida humana.

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